EN LA 5TA. LAS OBRAS SON DE 4TA., PERO LAS COBRAN COMO DE 1RA.
EL CONCEJAL LUZARDO, TIRO OTRA GRANADA EN LA TRINCHERA DE NOBLIA

El concejal de Villa Isidoro Noblia, Leonardo Luzardo, perteneciente al partido nacional, presentó ante la Junta Departamental de Cerro Largo, un completo informe relacionado a “determinadas irregularidades en el manejo de los fondos asignados por distintos Organismos Públicos al Municipio, para ser utilizados en la ejecución de programas, y que –a mi modesto entender- están comprometiendo responsabilidades funcionales, políticas y eventualmente penales”, dice Luzardo.
El concejal que había acusado al alcalde Favio Freire de tener números inflados en el comedor, de hacer política con los comestibles de INDA y de darle a los más necesitados, “agua sucia por comida”, volvió a contratacar.
En esta oportunidad, en nota dirigida al presidente del legislativo, Edil Maximiliano Abraham, Luzardo dice que, en su condición de Concejal, ejerce con responsabilidad el ejercicio de contralor de la gestión del Municipio que integra, y por eso manifiesta:
ANTECEDENTES.
“El Municipio de ISIDORO NOBLÍA (UYCLM08) cuenta con la asistencia financiera anual de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto (O.P.P), con recursos asignados al Fondo de Incentivo a la Gestión Municipal, para la ejecución de obras públicas que hubiesen sido incluidas en los presupuestos que se le presentan anualmente. Las obras presupuestadas deben ejecutarse dentro del ejercicio económico que se corresponde con el año civil. Es decir, cada programa se incluye en un presupuesto de las mejoras que se presentan en cada presupuesto anual, el que es aprobado por la O.P.P. que asigna los fondos requeridos para su realización. Las partidas son entregadas en forma periódicas, de conformidad con la planilla establecida por la O.P.P. y entregadas al Municipio de conformidad con el progreso en la ejecución de las obras, conforme a la certificación que se realice al respecto. Pero, en definitiva, las obras deben de estar terminadas antes del 31 de diciembre de cada año, y la certificación de la ejecución de las mismas, debe realizarse antes del 20 de diciembre de cada año.
I.- En el año 2021, el Municipio de ISIDORO NOBLÍA fue asistido con fondos provenientes de la O.P.P. para la ejecución del Proyecto “Mejora de Espacios Públicos”. El proyecto incluía la “Pavimentación de bitumen y accesos domiciliarios (entubados y cabeceras), barrio Mevir 2. Instalación de alumbrado zona centro y barrio “de la comisaría”. Mantenimiento de espacios verdes. Reparación y mantenimientos varios. Construcción de galpón, espacio para funcionarios de obra, y depósito de materiales. Traslado, becas de estudiantes y actividades deportivas. Pago de funcionarios de ONG” según la descripción del estado actual del Proyecto al mes de marzo de 2021.
El problema se planteó en el mes de diciembre de 2021, dado que a esa fecha el Municipio de ISIDORO NOBLÍA no había concluido las obras de alumbrado proyectadas y comprometidas, fundamentalmente en barrio “de la comisaría”.
Llegado el comienzo de diciembre de 2021, se pretendió certificar la obra a los efectos de cobrar el saldo del dinero comprometido por la O.P.P. sin terminar los trabajos de colocación de alumbrado. En esas circunstancias, se apareció un camión con materiales para la construcción del alumbrado, y dos personas que se encargaron de realizar los trabajos del alumbrado público en el barrio “de la comisaría”. Según declaraciones del Alcalde del Municipio de Río Branco, Christian Morel, a varios medios de prensa locales, los materiales empleados en las obras de alumbrado público del Municipio de Noblía habían sido cedidos por el Municipio de Plácido Rosas. El costo de arrendamiento del camión que transportó los materiales hasta Villa Isidoro Noblía había sido una donación personal del Alcalde de Río Branco al Municipio de Noblía; es decir, el Sr. Christian Morel habría pagado el consto del camión. Y los funcionarios que realizaron y ejecutaron, en una semana hábil, los trabajos de alumbrado público, eran funcionarios del Municipio de Río Branco.
El hecho que pone en evidencia una irregularidad en esta forma de contratación, es que en la documentación del Municipio de Noblía, se encuentran las facturas que documentan la compra de los materiales necesarios para la realización de las obras de alumbrado público comprometidas. Pero esos materiales no aparecieron nunca.
Sin embargo, el Municipio de NOBLÌA logró la certificación de la ejecución total de la obra, percibiendo –en principio- la suma de $ 735.970 aportadas por el Fondo de Incentivo a la Gestión Municipal de la O.P.P. Por lo menos parte de dichas obras, como se ha dicho, fueron realizadas con materiales y funcionarios de otros Municipios, y con el aporte privado de un Alcalde. Por esa razón me negué a firmar el documento que “certificaba” la ejecución de las obras referidas.
II.- En el “PLAN ANUAL 2022”, dentro de los “Objetivos Planificados para 2022”, en el Numeral 1 se programan los “DESAGUES”. En los objetivos especialmente establecidos, se incluye el siguiente: “Como proyección no menos importante se realizará finalización de entubado carretera San Diego, se culminará las cámaras de entubado que está ubicado desde Ruta 8 hasta Severiano Gil sobre Carretera San Diego luego se procederá a continuar con la línea del entubado que va desde Severiano Gil hasta camino Vecinal”.
Surge de la propia presentación que se trata de una obra en ejecución. Por eso se plantea como objetivo para el año 2022 “…la finalización del entubado carretera San Diego”. En realidad, la obra se habría presupuestado en el año 2019, y se habían recibido (cobrado) las partidas correspondientes a cada avance de obra certificado. Desde entonces, el Municipio de ISIDORO NOBLÍA habría cobrado la totalidad de la obra. No puedo precisar los importes ni a que etapa corresponden, pero el último pago constatado fue por la suma de $ 510.000. El problema es que –como saben todos los vecinos que transitan por la Carretera a San Diego- no se había comenzado con la construcción de la obra; por lo menos aquellos trabajos que constituían el monto presupuestado para ejecutarse en 2022.
A mayor abundamiento, en febrero de 2020 el Ingeniero Agrimensor Oscar Rivero Colmán elevó a la Alcaldesa Marianela Barro un presupuesto de las obras de entubado y desagües a realizarse sobre Ruta a San Diego. La descripción de las obras a ejecutarse incluía el diseño de las cámaras de inspección, que se había realizado de conformidad con las apreciaciones realizadas por el Arquitecto Luis Olivera.
A pesar de haber cobrado el monto previsto y adjudicado por la O.P.P. para la realización de toda la obra, los trabajos proyectados para el corriente año, comenzaron a realizarse el 16 de noviembre de 2022. Y, como resulta de la más ligera observación de los trabajos que se están realizando en la actualidad, no se están utilizando los materiales que se indicaban en el plan de la obra, al que se ha hecho referencia. En este sentido, el Ing. Agrimensor Oscar Rivero Colmán había propuesto dos soluciones para la culminación del entubado y desagües a construirse en la carretera citada, de las que el Municipio de Noblía aprobó la primera, que proyecta la construcción de Cámaras de Inspección en Hormigón de pared. Las que se están construyendo desde el 16 de noviembre de 2022, no se están haciendo con hormigón, sino con bloques en su totalidad, lo que importa una modificación del proyecto aprobado, pero además la construcción de una obra de mucho menor duración y hasta cierto peligro de destrucción por el mero pasaje del tránsito de vehículos, en particular de todo el transporte de carga.
En el mismo sentido de los hechos aparentemente irregulares que se vienen denunciando, en el mismo “PLAN ANUAL 2022” del MUNICIPIO NOBLÍA, se propone como objetivo para cumplirse en el corriente año, en el rubro “ALUMBRADO” el siguiente: “Se realizará continuamente (con apoyo de la ICL) recambio y reparación de los ya existentes que muchas veces sufren deterioros debido a diferentes factores unos de ellos inclemencias climáticas. Además, se pretende colocar luminarias LED en barrio MEVIR I y II, logrando así para ese porcentaje de la población luminarias de última tecnología”. Se advierte que el Municipio había aprobado este proyecto de colocación de luminarias LED para los barrios Mevir I y III (no el II como se estableció en forma errada).
Estos trabajos de alumbrado no se encuentran concluidos hasta el presente. No están terminados. Es más, no se ha hecho nada. No se colocó hasta la fecha ninguna luminaria en los barrios aludidos.
Sin embargo, se me solicitó la firma de un documento a los efectos de su presentación ante la O.P.P. en el que se afirma que tanto las obras de desagües y entubado de la Carretera a San Diego, como las obras de alumbrado, están finalizadas. Naturalmente que me negué a firmar dicho documento, que incluye una falsedad grosera y fácilmente comprobable por cualquier ciudadano que visite el lugar donde se habrían realizado los trabajos propuestos.
En consecuencia, puede válidamente presumirse que el Municipio de ISIDORO NOBLÍA ha estado cobrando partidas remitidas por la O.P.P. con cargo a la financiación de obras comprendidas en la materia municipal, sin que las mismas se hayan realizado. Lo que, de comprobarse, pondría de manifiesto un manejo absolutamente irregular de los fondos públicos, y una grave falla en el sistema de certificación de obras, que habría permitido que se transfieran importantes partidas de dinero para la financiación de obras que no se han ejecutado, en perjuicio de las finanzas públicas, y en clara violación de las normas legales que regulan la contratación administrativa y las atribuciones y responsabilidades de los organismos estatales.
La Ley 19.272 de 18 de setiembre de 2014, establece como atribuciones del Municipio, cumplir y hacer cumplir la Constitución de la República, las leyes, los decretos y demás normas departamentales; así como administrar eficaz y eficientemente los recursos financieros y humanos a su cargo para la ejecución de sus cometidos (artículo 12 numerales 1) y 4). Establece, asimismo, que son cometidos de los Municipios poner en conocimiento del Gobierno Departamental, los incumplimientos que pudieran constatarse respecto a la actuación de las diferentes dependencias departamentales en los temas de competencia municipal (artículo 13 numeral 20). Por último, el artículo 15 numeral 2) establece que son atribuciones de los Concejales, ejercer el contralor sobre el ejercicio de las atribuciones del Alcalde.
Como los casos que son objeto del presente informe vinculan al MUNICIPIO NOBLÍA directamente con la OFICINA DE PLANEAMIENTO Y PRESUPUESTO (O.P.P.), sin participación de la INTENDENCIA DEPARTAMENTAL, el presente informe, en cumplimiento de mi deber de contralor, se presenta ante el Órgano de contralor del Gobierno Departamental, a los efectos de que se realicen las investigaciones correspondientes. A mi juicio, sería conveniente que la Junta Departamental designara una Comisión Investigadora a los efectos de determinar la verdad de los hechos aparentemente irregulares que se denuncian, y las eventuales responsabilidades que pudieran resultar de los mismos.
Entiendo altamente conveniente que, sin perjuicio de las medidas que en el ejercicio de sus funciones de contralor pueda disponer esta JUNTA DEPARTAMENTAL DE CERRO LARGO, se remita copia del presente informe al SEÑOR INTENDENTE DEPARTAMENTAL DE CERRO LARGO, y a la OFICINA DE PLANEAMIENTO Y PRESUPUESTO (O.P.P.) para su conocimiento y a los efectos que entiendan pertinentes”, señala en su tramo final el informe presentado por el Concejal Leonardo Luzardo.
Ampliaremos.