¿Qué pasa si no me censo? La respuesta del Instituto Nacional de Estadística y la ley que la respalda
El pasado sábado comenzó el censo 2023 en formato digital. A partir del 17 de mayo, el censo pasará a la etapa presencial.

El pasado sábado 29 de abril comenzó la modalidad online del Censo 2023, que lleva adelante el Instituto Nacional de Estadística (INE). Se puede completar desde un celular, una computadora o una tablet, y hay tiempo hasta el 17 de mayo; luego, se pasará a la etapa presencial. Dos cuestiones están sobre la mesa: ¿Es obligatorio censarse? y ¿Qué pasa si no me censo?
En primer lugar, ¿es obligatorio censarse? Sí, lo es. La ley Nº 16.616 establece la obligatoriedad de brindar la información solicitada por el INE a través de sus operaciones estadísticas.
Además, señala el instituto, el Decreto 244/02128 establece que toda persona con residencia habitual en el territorio nacional está obligada a proporcionar los datos requeridos por el personal censal.
Por lo tanto, si es obligatorio, ¿qué pasa si no se cumple con el censo? En el artículo 24 de la citada ley se señala que “las infracciones estadísticas serán sancionadas con multa“, cuyo monto será establecido por el INE.
El monto de la multa puede ir de entre un mínimo de 20 UR ($ 31.720) y un máximo de 50 UR ($ 79.302).
EL PAIS