“LAS MULTAS POR CIRCULACIÓN DE TRÁNSITO PESADO CUANDO LA NORMATIVA LO IMPIDE, LA DEBERÍAN PAGAR LOS QUE PIDEN EL FLETE, EL CAMIONERO QUE VIAJA SI NO ES DE CERRO LARGO NO SIEMPRE SABE SI LLOVIÓ O NO EN LA ZONA DONDE DEBE ENTRAR”

Los conceptos corresponden a un camionero local, Luis Saravia, quien entiende que la sanción que se aplica al amparo de la normativa Dptal., “debería ser para quien contrata el flete, pues esa persona bien sabe que no se pueda entrar, y eso el camionero si no es de Cerro Largo, no siempre lo sabe. En estos últimos días los multados son camioneros que no son de aquí, y posiblemente se trate de gente que en sus departamentos no se aplica esta norma, que no es nacional”, indica Saravia.
Debemos acotar, que la normativa dptal. vigente determina sanciones económicas para quienes circulen con tránsito pesado por la caminería rural cuando las condiciones del terreno o del tiempo no le permitan. En ese sentido la norma prevé, que, ante el incumplimiento del pago por parte del multado, la sanción económica se transfiera a quien contrató dicho servicio.
En menos de una semana en Cerro Largo fueron 5 los multados por parte de la Policía Municipal. En cada uno de los casos se aplicó una sanción económica de 100 Unidades Reajustables.