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Medidas cautelares para Nacho Álvarez y Romina Celeste: se les impuso prohibición de comunicación mutua

Según la sentencia, a la que accedió El País, el periodista fue intimado a "evitar cualquier acto que tienda a la revictimización, agresión o que implique algún tipo de violencia" contra la denunciante

El juez dispuso la “prohibición de comunicación y relacionamiento” de Ignacio Álvarez hacia Romina Celeste Papasso, “por cualquier medio sin perjuicio de tener presente el rol y labor de comunicador del mismo”. Esto determina que Álvarez puede mencionar a la denunciante siempre que lo haga en tono periodístico e informativo, dijeron a El País fuentes judiciales.

“Se establece un plazo de duración de las medidas de 180 días a partir de la fecha”, dice la sentencia a la que accedió El País.

“Intímase en este acto al Sr. Carlos Ignacio Álvarez a evitar cualquier acto que tienda a la revictimización, agresión o que implique algún tipo de violencia a la sra. Papasso por razones de salud mental”, agrega el texto.

Asimismo, “se prohíbe a Romina Celeste “comunicarse, relacionarse por sí o a través de terceras personas con el Sr. Carlos Ignacio Álvarez. Se establece un plazo de duración de las medidas de 180 días a partir de la fecha”.

Noticia en desarrollo / EL PAIS

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