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¿Cómo se cobran los saldos a favor tras presentación de declaración jurada de IRPF?

La DGI lanzó aplicación para presentar declaración jurada de IRPF de manera fácil y rápida. Enterate cuándo se habilitarán las devoluciones, así como los pagos de saldos.

La Dirección Genera Impositiva (DGI) recepcionó al momento unas 150 mil de las 300 mil declaraciones juradas que espera recibir en este período. El tiempo para presentarlas vence el próximo 29 de agosto, por lo que todavía hay tiempo suficiente para realizar el trámite.

Luego de presentada la declaración jurada, si el contribuyente tiene saldos a pagar, se podrán efectuar hasta en cinco cuotas iguales. Los vencimientos serán el 30 de agosto para la primera cuota, el 30 de setiembre para la segunda, el 30 de octubre para la tercera, el 29 de noviembre para la cuarta y el 30 de diciembre para la quinta. El pago se podrá realizar en las redes de cobranzas habilitadas o electrónicamente.

Si tras la presentación de la declaración tiene saldo a favor, el contribuyente podrá decidir si quiere que el organismo le deposite el saldo en su cuenta bancaria o si prefiere cobrar el dinero a través de redes de cobranza.

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