IRPF: advierten que miles de uruguayos podrían perder devoluciones y deducciones por no revisar su declaración jurada
El Colegio de Contadores, Economistas y Administradores (Cceau) advirtió que miles de uruguayos podrían estar perdiendo devoluciones, deducciones o créditos fiscales al "simplemente por confirmar la declaración jurada" borrador que envía la DGI.

El Colegio de Contadores, Economistas y Administradores (Cceau) advirtió que miles de uruguayos podrían estar perdiendo devoluciones, deducciones o créditos fiscales por el Impuesto a la Renta de las Personas Físicas (IRPF) “simplemente por confirmar la declaración jurada” borrador que envía la Dirección General Impositiva (DGI) “sin verificar que toda la información esté correctamente reflejada”. Es que a partir del 29 de junio comenzará una nueva etapa de presentación de las declaraciones juradas de IRPF, y “miles de contribuyentes deberán revisar la información precargada por la DGI antes de confirmarla”, señaló un comunicado de la gremial.
“Muchas personas creen que la declaración jurada solo corresponde a empresas, pero también puede alcanzar a trabajadores dependientes, independientes, sean profesionales o no, y a personas físicas que obtienen determinadas rentas de capital”, recordó la Cceau.
Desde el Cceau señalaron que, “si bien las declaraciones cuentan con información precargada, las personas deberían asesorarse con un profesional en ciencias económicas, el cual cumple un rol clave para asegurar un cumplimiento correcto, evitar errores y no perder beneficios o deducciones a los que el contribuyente puede tener derecho”.

También desde el Colegio explicaron que hay personas que, aunque no estén obligadas a presentar la declaración, igualmente deberían revisar su situación, “ya que podrían tener derecho a una devolución o a computar beneficios que no siempre quedan plenamente reflejados en la información precargada”.
El Cceau advirtió que muchas personas podrían estar perdiendo devoluciones, deducciones o créditos fiscales. El colegio identificó tres principales beneficios que los contribuyentes suelen perder por desconocimiento:
- Crédito por alquiler de vivienda permanente: quienes alquilaron una vivienda permanente durante 2025 pueden acceder, si cumplen las condiciones legales, a un crédito fiscal equivalente al 8% del alquiler anual pagado durante el año.
- Deducciones por hijos o personas a cargo: pueden computarse deducciones por hijos menores, hijos con discapacidad y otras personas a cargo. Para el ejercicio 2025, la deducción por hijo menor de edad equivale a 20 Bases de Prestaciones y Contribuciones (BPC) anuales, mientras que para hijos con discapacidad asciende a 40 BPC anuales.
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Préstamos hipotecarios para vivienda: también pueden corresponder beneficios vinculados a cuotas de préstamos hipotecarios para vivienda única y permanente, cooperativas de vivienda y otros programas habitación.
Fachada de la DGI. Foto: Estefanía Leal / Archivo El País. Estefania Leal/Archivo El Pais
Préstamos hipotecarios para vivienda: también pueden corresponder beneficios vinculados a cuotas de préstamos hipotecarios para vivienda única y permanente, cooperativas de vivienda y otros programas habitación.

“Los tres casos que deberían revisarse especialmente son el crédito fiscal por alquiler de vivienda permanente; las deducciones por hijos menores, hijos con discapacidad o personas a cargo; y las cuotas de préstamos hipotecarios, cooperativas de vivienda u otras situaciones vinculadas a vivienda única y permanente”, indicó la institución.
“La principal recomendación es no confirmar automáticamente la declaración jurada con información precargada sin realizar una revisión previa”, remarcaron, ya que “cada contribuyente puede tener situaciones particulares que inciden en la liquidación final del impuesto”.
Según el calendario de DGI, el plazo para presentar la declaración se extenderá desde el 29 de junio hasta el 31 de agosto.
EL PAIS